Certificado veterinario de exportación y documento veterinario de entrada

El certificado veterinario de exportación y el documento veterinario de entrada serán expedidos por la autoridad pública territorial alimentaria y veterinaria (VMVT) o el puesto de inspección fronterizo (PVP) en cuyo territorio se produzcan o almacenen los productos de origen animal. El certificado veterinario de exportación y el documento veterinario de entrada se expedirán previa inspección por un veterinario oficial autorizado. Los certificados veterinarios de exportación se expedirán para las mercancías exportadas, transbordadas o como certificado veterinario inicial, cuando se transporten a otro Estado miembro de la UE con el fin de exportar a la Unión Económica Euroasiática desde otro Estado miembro de la UE (según lo dispuesto en el acuerdo o memorándum) para animales, productos de origen animal, piensos y otras mercancías controladas por la Oficina Estatal de Alimentación y Veterinaria. En el caso de exportaciones de animales, también se expedirá un Certificado de Comercio Interior. El documento veterinario de entrada (DVCE) se expedirá tras una inspección veterinaria de la partida de productos de origen animal en el puesto de inspección fronterizo. Nos pondremos en contacto con los servicios del puesto de inspección fronterizo y formalizaremos el CVED de su carga. Deje las preocupaciones logísticas por nosotros, ¡ahorre tiempo! Representamos al cliente en la Oficina Estatal de Alimentos y Veterinaria y en los puestos veterinarios fronterizos de Klaipeda. Hay tres puestos fronterizos del servicio estatal de alimentación y veterinaria en Klaipeda: Malku Bay, Molo y Pilies. Comprobaremos por dónde cruza la carga la frontera del Estado de Lituania, en ese puesto y realizaremos los trámites necesarios.

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